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Propuestas de las mesas y del debate de cada una de ellas

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2014
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Instituto de Salud Carlos III (ISCIII). Escuela Nacional de Medicina del Trabajo (ENMT)
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Los cambios normativos han posibilitado la adecuación de las situaciones de IT (Incapacidad Temporal) o de IP (Incapacidad Permanente) a lo que está establecido para ellas, así mismo han contribuido a la sostenibilidad del sistema, a la mejora del déficit estructural y a preservar la protección a los trabajadores afectados por el infortunio de la incapacidad que el sistema de seguridad social les otorga. No obstante lo cual se hace preciso mayor unificación de criterios para evitar las diferencias territoriales que se dan en la valoración de la incapacidad, evitando las diversidades entre “controladores” a nivel personal o de instituciones, pues no en vano la valoración debe de tener un abordaje individual en la individualidad del paciente, de su trabajo y del proceso que en un momento se manifiesta con expresión incapacitante, pero no debe haber variabilidad cuando abordamos el mismo proceso o la misma Situación. Se hace necesario una mejor coordinación y relación entre los distintos agentes e interlocutores en la incapacidad, integrando los diversos estamentos implicados en la gestión y control de la misma, para evitar la dispersión pericial, fortaleciendo el ámbito de decisión y estableciendo cambios normativos en cuanto a los procedimientos y protocolos clasificatorios que ayuden a evitar la desigualdad valoradora y judicial consecuente. Se constata el desajuste entre el marco teórico de la evaluación respecto del práctico, sigue siendo necesario una herramienta precisa y de uso generalizado común en la valoración de los requerimientos. Es preciso un cambio normativo en los mecanismos de control de la incapacidad temporal, que ayuden a la mejor adecuación de las situaciones desde el seguimiento clínico laboral efectivo, determinando las actuaciones de control y seguimiento, y la asignación de competencias específicas a cada entidad o estamento responsable, con procedimientos más ágiles y sin solapamientos estructurales, una mejor fluidez y acceso a la historia clínica y efectuar cambios de la capacidad decisoria de las entidades o instituciones activas en la gestión de la incapacidad con una mejor utilización de sus mecanismos y recursos de control, mejorando el intercambio de datos y el acceso a archivos documentales médica y entre los diversos agentes, con ajuste y actualización la comunicación telemática que posibiliten un conocimiento inmediato de las situaciones clínicas y evolutivas de los pacientes y de las decisiones clínico-laborales que sobre las situaciones de incapacidad se promuevan.
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Med Segur Trab 2014; Vol.60 Nº Suplemento Extr. 1,308-316
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